Lun. Sep 16th, 2024

SCJN aplaza discusión de proyecto que liberaría a Mario Aburto de la prisión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido posponer la discusión sobre el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, el cual podría abrir la posibilidad de liberar a Mario Aburto Martínez, casi tres décadas después del asesinato de Luis Donaldo Colosio. Esta medida se tomó tras una solicitud durante la sesión privada para conceder más tiempo para analizar el documento.

En sesión privada, la Primera Sala de la Corte acordó no debatir el proyecto el día de hoy, 13 de marzo, el cual propone declarar válido el amparo concedido a Mario Aburto Martínez, único sentenciado por el asesinato del candidato presidencial del PRI. La solicitud de extender el tiempo para el análisis fue presentada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Hasta el momento, no se ha confirmado si el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat será discutido en la sesión del próximo 20 de marzo, tres días antes del 30 aniversario luctuoso de Luis Donaldo Colosio.

En su propuesta respecto al caso de Mario Aburto, la ministra Margarita Ríos Farjat sugiere desechar el recurso de revisión presentado por la Fiscalía General de la República (FGR), el cual buscaba invalidar el amparo concedido al asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, argumentando que debió ser juzgado bajo la legislación local de Baja California, donde ocurrieron los hechos.

La ministra argumenta en su documento que el Ministerio Público Federal no presenta en su recurso de revisión cuestiones de constitucionalidad que deban ser analizadas por el tribunal máximo del país, y por ende, el asunto no debería haber sido admitido para su trámite. En caso de ser aprobada esta propuesta, se declararía válido el amparo otorgado a Mario Aburto Martínez.

Este recurso en favor del condenado por el asesinato de Luis Donaldo Colosio podría llevar a su liberación el 23 de marzo, si la Corte decide analizar el caso en la sesión del próximo miércoles. Esto surge después de que el Primer Tribunal Colegiado Federal en Materia Penal del Segundo Circuito revisara el amparo promovido por la Defensoría Pública Federal y determinara que debió aplicarse el Código Penal de Baja California, estableciendo así un máximo de 30 años de prisión por este delito.

En consecuencia, se ordenó revocar la sentencia de 45 años de prisión contra Aburto Martínez y dictar una nueva considerando los criterios del Código Penal de Baja California en 1994, año del magnicidio, que establecían un máximo de 30 años por el delito de homicidio. Esto respalda la posición de la Defensoría Pública Federal de que no debió ser juzgado bajo la legislación federal.

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